Bitácora de Interacción Incidental

Bitácora de Interacción Incidental

Programa de Gestión de Interacciones entre Pesquerías y Mamíferos Acuáticos en Venezuela

Programa Oficial — MINPESCA

Bitácora de Interacción Incidental

El Programa de Gestión de Interacciones entre Pesquerías y Mamíferos Acuáticos en Venezuela es una iniciativa del Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (MINPESCA) orientada a documentar, monitorear y reducir el impacto de las operaciones pesqueras sobre las especies de mamíferos acuáticos presentes en aguas venezolanas.

La Bitácora de Interacción Incidental es el instrumento oficial mediante el cual los pescadores artesanales, capitanes de embarcaciones y demás actores del sector pesquero nacional registran los eventos de contacto no intencional (captura incidental) con ballenas, delfines, manatíes, tortugas marinas y aves marinas. Este registro es obligatorio y esencial para la toma de decisiones en materia de conservación marina y pesca responsable.

A través del sistema SIRENA, el Ministerio centraliza estos reportes para su análisis estadístico, supervisión territorial y generación de políticas públicas que protejan tanto a las comunidades pesqueras como a la biodiversidad acuática venezolana.

Documentación Oficial

Biblioteca de Documentos

Gaceta Oficial N° 43.344

Normas para Evitar la Captura Incidental y Mortalidad de Mamíferos Acuáticos, Tortugas Marinas y Aves Marinas

Vigente27 de Marzo de 2026
Normativa Vigente

Marco Legal

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

Gaceta Oficial N° 43.344

Fecha de Publicación

27 de Marzo de 2026

Organismo Emisor

MINPESCA

Estado

Vigente

Título del Instrumento

"Normas para Evitar la Captura Incidental y Mortalidad de las Especies de Mamíferos Acuáticos, Tortugas Marinas y Aves Marinas"

Resolución de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades de pesca (artesanal, industrial, deportiva) y acuicultura en aguas del territorio venezolano. Entró en vigencia el mismo día de su publicación.

Obligaciones del Pescador

  • 1

    Devolver el ejemplar a su hábitat natural de inmediato, sin causarle daños ni perturbación adicional.

  • 2

    Notificar la captura al puerto más cercano y ante INSOPESCA.

  • 3

    Registrar el avistamiento o captura en la bitácora o cuaderno de pesca.

  • 4

    Adoptar medidas de mitigación para reducir la ocurrencia de estas capturas incidentales.

Prohibiciones Expresas

  • Retener a bordo ejemplares de mamíferos acuáticos, tortugas o aves marinas capturados incidentalmente.

  • Transportar, vender, consumir o usar como carnada a cualquier especie protegida capturada incidentalmente.

  • Causar perturbaciones, lesiones, daños o muerte a dichos animales.

Institucionalidad

Entes Responsables

MINPESCA

Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura

Organismo rector y emisor de la normativa. Centraliza los reportes a través del sistema SIRENA.

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INSOPESCA

Instituto Socialista de Pesca y Acuicultura

Recibe y procesa las bitácoras y cuadernos de pesca. Punto de consignación de reportes.

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SIRENA

Sistema de Registro de Interacciones

Plataforma digital oficial para el registro electrónico de interacciones incidentales en tiempo real.

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Nota sobre el Protocolo MM

El Protocolo MM (Mamíferos Marinos) es el instructivo técnico oficial que detalla los procedimientos de respuesta ante una captura incidental. Para obtener el formato oficial del Protocolo MM, el instructivo completo o el formulario de la Bitácora de Interacción Incidental en formato físico o digital, diríjase a la oficina de INSOPESCA más cercana a su puerto de base, o consulte el portal oficial de MINPESCA.

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